Son rentas que proceden del trabajo, como el salario, pero no se reciben cada año sino siguiendo alguno de estas pautas:
> Se generan en periodos superiores a dos años y no son recurrentes, es decir, no se reciben todos los años.
> Se generan de forma “notoriamente irregular” en el tiempo y se reciben en un único ejercicio. Se trata de supuestos incluidos en una lista cerrada: cantidades abonadas por la empresa por traslado a otro centro de trabajo, siempre que excedan del importe exento; indemnizaciones de regímenes públicos y prestaciones de colegios de huérfanos o similares por lesiones no invalidantes; prestaciones por lesiones no invalidantes o incapacidad permanente satisfechas por empresas o entes públicos; prestaciones por fallecimiento y gastos por sepelio o entierro no exentas, cantidades en compensación o reparación de complementos salariales, pensiones o anualidades de duración indefinida o modificación de condiciones de trabajo; cantidades satisfechas por resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral; premios literarios, artísticos o científicos no exentos.
Coloquialmente podemos definirlos como ingresos infrecuentes, cuya obtención nos ha llevado más de dos años o bien un largo periodo de tiempo indeterminable; suelen cobrarse en forma de capital.

Dentro de ciertos límites, este tipo de rentas se beneficia de una reducción del 40%, aplicada antes de restar los gastos. Cuando los rendimientos del trabajo generados en periodos superiores a dos años se perciben de forma fraccionada, como suele ocurrir en los
expedientes de regulación de empleo, sólo se aplica la reducción del 40% si se cobran, como máximo, en la mitad de años trabajados

Una vez aplicada la reducción, el resultado se suma al resto de los rendimientos íntegros del trabajo

1 Comentario

  1. Hola, mi caso es que me destinan a otra región a trabajar y me dan por ese motivo 30.000 €; pero lo van a dar en 3 ejercicios, es decir 10.000 € cada año, mi pregunta es: cuando lo declare, ¿lo debo hacer como renta irregular?, gracias.

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