Continuando con nuestro artículo de ayer, en el que analizamos las principales características de los mercados laborales europeos, seguimos con los restantes 4 países:
Reino Unido
– El salario medio oscila entre 40.000 y 43.000 euros, de los más altos de Europa y casi doblando el español.
– Los mayores de 18 años (entre 16 y 18 el máximo son 40 horas) pueden trabajar hasta 48 horas a la semana.
– Desde hace un par de años, los británicos tienen derecho a 5,6 semanas de vacaciones por año trabajado o a 28 días.
– Todos los trabajadores, independientemente del número de horas que estén empleados, tienen derecho a tener un certificado del empleador especificado la naturaleza laboral de su relación en los dos meses siguientes a empezar a trabajar.
Este certificado debe incluir los puntos básicos de cualquier puesto de trabajo: sueldo, horas, nombre del puesto, vacaciones, importe del seguro de enfermedad, planes de pensiones, despidos, huelga y procedimientos disciplinarios.
Italia
– El salario medio en Italia es de los más bajos de Europa, aunque ligeramente superior al español.
– La jornada laboral es de 40 horas a la semana, aunque se puede mejorar por convenio colectivo. Existen excepciones en algunos sectores que se cubren por regulaciones específicas.
– El período mínimo de vacaciones anual es de cuatro semanas. Existen 12 fiestas nacionales por año.
– Por tipos, los hay permanentes o temporales con tareas, lugar de trabajo y horas determinadas y posibilidad de prórroga por una sola vez; temporales en función de las necesidades; y mercantiles para profesionales.
El despido libre se acepta en determinados supuestos: trabajo doméstico, período de prueba, directivos… en los demás casos el despido debe ser justificado y notificado en tiempo y forma al trabajador.
Dinamarca
– El salario medio en Dinamarca es superior a los 45.000 euros al año, de los más elevados de Europa.
– En la mayoría de los empleos, la jornada de trabajo es de 37 horas a la semana.
– Normalmente se tiene derecho a cinco semanas de vacaciones pagadas por año completo trabajado. Al salario mensual se le añade un complemento por vacaciones. Si se percibe el salario por horas, se le añade un 12,5% del salario percibido en el año anterior.
– No existe en Dinamarca normativa general sobre despidos; la regulación sobre este tema se contiene en los convenios colectivos. No se acepta el despido arbitrario o sin causa. Todo trabajador que lleva más de nueve meses trabajando en una empresa tiene derecho en caso de despido a recibir una carta de despido con las causas detalladas del mismo.
Irlanda
– El salario mínimo es el segundo más alto de Europa, de 1.462 euros al mes y sólo superado por Luxemburgo.
– La jornada máxima es de 48 horas semanales, por término medio, computadas en un plazo de cuatro meses, para los trabajadores en general, de seis meses para los trabajadores estacionales, y de 12 meses si consta en convenio colectivo.
Deben darse un mínimo de 11 horas seguidas de descanso cada 24 horas, además de 24 horas consecutivas de descanso semanal. El trabajador tiene derecho a 15 minutos de descanso si trabaja más de cuatro horas y media, y 30 minutos si trabaja más de seis horas.
– Las vacaciones dependen del tiempo trabajado en territorio irlandés: Cuatro semanas al año si se han trabajado al menos 1.365 horas, un tercio de la semana laboral por mes en el que el se trabaje al menos 117 horas y un 8% del total de horas trabajadas en un año hasta un máximo de cuatro semanas.
– En Irlanda los contratos de trabajo no están tipificados, por lo que los términos y condiciones del empleo dependen del acuerdo que se establezca entre el empleador y el trabajador. Cualquiera que trabaje para un empresario por un salario regular tiene automáticamente un contrato de trabajo, sea o no escrito. Esta norma no cubre a las personas que hayan trabajado por menos de un mes
Fuente: Lainformacion


