El nuevo año ha traído consigo diversas novedades de tipo fiscal que pueden hacer que algunos ahorradores se replanteen su estrategia de inversión. Y es que en el último Consejo de Ministros del año, el del 30 de diciembre, se aprobó modificar los tipos impositivos que gravan la base del ahorro.
 
Hasta ahora, las plusvalías generadas por los productos financieros (todos los que tributan en la base del ahorro, menos los planes de pensiones) contaban con un tipo marginal del 19% siempre que no superasen los 6.000 euros. Más allá de esa cifra el tipo ascendía hasta el 21%.
 
Pero desde el 1 de enero, la tributación se ha elevado en ambos casos, contemplándose además un nuevo escalón. Así, las plusvalías generadas hasta los 6.000 euros tributan al 21%; entre 6.000 y 24.000, al 25%; y a partir de 24.000, al 27%.

 
Por otro lado, las retenciones ascienden del 19% al 21%, excepto en los territorios forales, donde el tipo se mantiene inalterable (19%).
 
Temporalidad
El propio decreto ley que recoge estas medidas contempla su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, por lo que más allá de esa fecha, y a menos que el Gobierno decida regular de nuevo esta materia, los tipos impositivos del ahorro volverían a la situación inicial. Por tanto, los vehículos de inversión que permiten postergar la tributación durante, al menos, los próximos dos años cuentan con un gran atractivo fiscal.

 

 
Es el caso, por ejemplo, de los fondos de inversión. Estos productos permiten el diferimiento fiscal, por lo que el partícipe no tiene que tributar a menos que reembolse el capital. Además, le está permitido traspasar la inversión de un fondo a otro sin tener que pagar impuestos por los beneficios generados.
 
Por otro lado, el hecho de no tener que tributar en los próximos dos años no sólo permite eludir la subida fiscal sino que suele redundar en la rentabilidad de la inversión. Al aplazar el pago de impuestos, los beneficios se pueden reinvertir al 100% a medida que se van generando, sin que se vean mermados por las retenciones que son habituales en otro tipo de vehículos.
 
Acciones y dividendos
 
Otro producto que permite aplazar el pago de impuestos son las acciones, ya que el inversor no tributa hasta que no las vende. Sin embargo, los dividendos que reparten las compañías sí están sujetos a tributación, aunque sólo a partir de los 1.500 primeros euros generados (siempre que la acción se haya mantenido en cartera durante al menos dos meses).

 

 
Como cada vez más compañías están ofreciendo la posibilidad de cobrar los dividendos en acciones, en lugar de en efectivo (ya que de esta forma pueden ahorrar liquidez y reforzar su capital), los inversores pueden plantearse el cobro en acciones y sortear así el aumento tributario que afectará a los dividendos en los próximos dos años.

 
Pero en este punto los expertos recuerdan que la decisión de inversión nunca debe guiarse proritariamente por el atractivo fiscal.
 
“Un 90% de la decisión de inversión debería fundamentarse en criterios financieros, esto es, de rentabilidad-riesgo y sólo el 10% en cuestiones como el atractivo fiscal”, afirma Belén Alarcón, directora de la EAFI de Abante. Por tanto, en el caso del cobro de dividendo en liquidez o en acciones, el inversor debe valorar primero la conveniencia de ampliar su exposición a la renta variable.
 
Por un lado, es cierto que el dividendo en acciones permite ahorrar, como mínimo, un 2% en términos fiscales (siempre y cuando la subida no se prorrogue en 2014). Pero si continúa la mala racha bursátil, la minusvalía que puede experimentar la inversión en acciones puede ser muy superior a esa cifra.
 
Comisiones
 
En el supuesto de que los dos productos tengan un perfil de rentabilidad-riesgo similar, como puede ser el caso de un depósito y un fondo monetario, también es importante vigilar otras cuestiones que inciden en la rentabilidad final, como son las comisiones. Algunos fondos monetarios cobran comisiones anuales de gestión desmesuradas (superiores al 1%), mientras que los depósitos no suelen cobrar comisión alguna.

 

 
Por tanto, al inversor conservador le puede salir lo comido por lo servido si traslada su capital desde un depósito a uno de estos productos. No obstante, existen muchos otros monetarios en el mercado con comisiones más razonables, que rondan el 0,2%-0,3%.
 
Otra de las posibles estrategias para diferir la tributación y sortear el bache fiscal es apostar por depósitos con un plazo mínimo de dos años (ver información adjunta). Pero antes de invertir, el cliente tendrá que valorar sus necesidades de liquidez, así como el riesgo de duración (el relacionado con los tipos de interés) que está dispuesto a asumir. Por ejemplo, si se opta por un depósito a dos años, pero se rescata la inversión antes de esa fecha, el inversor recupera el principal, pero sufrirá una penalización por parte de la entidad y perderá todos los intereses (o buena parte de ellos) generados hasta el momento.
 
Por otro lado, si se invierte en un depósito a dos años y en ese plazo suben los tipos de interés (como prevén los expertos), lo más probable es que las entidades eleven también los intereses de sus nuevos depósitos, por lo que el inversor pierde la oportunidad de apostar por otro producto más rentable.
 
Además, la reforma fiscal replantea la estrategia a la hora de comprar, pero también a la hora de vender. Por ejemplo, aquellos que no tengan necesidades perentorias de liquidez podrían plantearse esperar hasta 2014 antes de vender un inmueble, ya que las plusvalías suelen ser elevadas y el tipo impositivo puede pasar del 21% al 27% (ver información adjunta).
 
Lo mismo cabe decir en cuanto a los planes de pensiones. “Si alguien cumple alguno de los supuestos para rescatar el plan (por ejemplo, cumple 65 años), podría preferir esperar. El ahorro fiscal puede llegar al 6%”, comenta Alarcón.
Fuente: Expansion

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