Estoy pagando un piso a medias con mi novio y las facturas van a nombre de los dos. Como él no trabajó el año pasado y no tuvo retenciones, no podrá aprovechar la deducción en esta declaración. ¿Puedo aplicármela yo en su totalidad?
No. A cada uno le corresponde la mitad, pues las facturas están a nombre de ambos. Para el futuro, hay dos opciones:
> Que las facturas figuren sólo a nombre del que gana dinero (y realiza los pagos); en la escritura, habrá que poner una proporción mayor del piso a nombre del que haya pagado una parte mayor.
> Que el que gana más le haga un préstamo al que no trabaja. Así, la deducción se retrasa al año en que sus ingresos mejoren y devuelva el préstamo.
Vivimos en la casa que compró mi mujer siendo soltera. Aún sigue pagando un préstamo todos los meses. La deducción por vivienda, ¿le corresponde sólo a ella o a los dos?
Si ustedes están casados en régimen de separación de bienes, sólo puede deducir su esposa, que es la titular de la vivienda.
En general, los bienes y derechos adquiridos por uno de los cónyuges antes del matrimonio tienen carácter privativo, ya sea el régimen matrimonial de separación de bienes o de gananciales.
Pero si una parte del precio empezó a pagarse con dinero ganancial tras celebrarse el matrimonio, la vivienda será en parte ganancial y cada cónyuge podrá practicar la deducción por el 50% que le corresponde del pago del préstamo.
Si los pagos se hacen con fondos privativos (hecho que debe probarse), la titularidad del bien se atribuye exclusivamente al cónyuge titular de dichos fondos, que será quien pueda aplicarse la deducción correspondiente.


