Por petición popular de mi anterior entrada en la que os anunciaba los últimos movimientos de mi cartera, os voy a explicar la operativa de compensar pérdidas de fondos de inversión con beneficios, normalmente de acciones, pero también de fondos. Lo he hecho rápido para que os pueda servir dentro de este año fiscal, a aquellos que consideréis interesante la idea.
 
En mi caso suelo aflorar beneficios de acciones que considero muy sobrecompradas, aunque sea de forma puntual, pero para los «fanáticos» del buy%hold es una opción válido, porque lo que conseguiremos con ello, es actualizar nuestro precio de compra, ya que podemos vender, aflorar beneficios, y volver a comprar de inmediato, sin tener que pagar el peaje fiscal.
 
Vaya por delante que esto no es ningún consejo, y que no soy fiscalista, así que si cometo alguna imprecisión cualquier comentario/aportación será bienvenida. 
 
 

Fiscalidad compra-venta

 
Como sabéis, en la última reforma fiscal, no hay diferencia entre acciones compradas hace un año o menos, y las de plazo superior, como sucedía antes. Todos los beneficios se integran en la renta del ahorro con los siguientes tipos impositivos:
 
  • Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 19.5%
  • Entre 6.000,01 y 50.000 euros: se paga el 21.5%
  • Más de 50.000 euros: se paga el 23.5%
Para aflorar beneficios no tenemos ningún tipo de limitación, en cambio para las pérdidas tenemos la famosa regla de los 2 meses, que pretende penalizar la operativa más a corto plazo de alguna forma.
 

Regla de los 2 meses

 
Para poder compensar las minusvalías no podemos operar con el mismo tipo de valores que generan la pérdida en los 2 meses anteriores y posteriores . En caso de hacerlo habrá que esperar a vender esos nuevos valores, y que transcurran 2 meses sin volver a comprarlos, para poder compensar esa minusvalía. Esto es válido tanto para acciones como para fondos de inversión y ETF’s.
 
De hecho, lo que indica la normativa, artículo 33.5 del IRPF es lo siguiente:
 
«No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:
 
  •  Las no justificadas.
  •  Las debidas al consumo.
  •  Las debidas a transmisiones lucrativas por actos ínter vivos o a liberalidades.
  •  Las debidas a pérdidas en el juego.
  •  Las derivadas de las transmisiones de elementos patrimoniales, cuando el transmitente vuelva a adquirirlos dentro del año siguiente a la fecha de dicha transmisión.
 
Esta pérdida patrimonial se integrará cuando se produzca la posterior transmisión del elemento patrimonial.
 
  •  Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.
  •  Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones no admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos en el año anterior o posterior a dichas transmisiones.«
 
 
Como indicaba Roberto Carlos en los comentarios de la entrada, la regla de los 2 meses es de 1 año para determinados valores, cosa que es menos conocida, que tipo de valores?
 
Aquellos que no definidos en la Directiva 2004/39/CE, que podemos ver en este listado, que por resumir son las principales plazas europeas.
 
Que nos pueda afectar, sería que tenemos que aplicar 1 año para compensar pérdidas a valores del MAB y aquellos cotizados fuera de la UE.
 
Compensar pérdidas fondos de inversión
 
Ya hemos visto la teoría, ahora vamos a ponerla en práctica con los fondos de inversión. Podríamos hacerlo con acciones, pero ya sabemos que deberíamos esperar para poder volver a comprar, y ese no es nuestro objetivo, la idea no es cambiar activos/rotar cartera en pérdidas, sino aprovecharlo para reducir nuestra factura, por eso, nada más vender volveré a comprar para quedarme igual.
 
La operativa podría ser esta:
 
1 de enero 2015: suscripción de 10 participaciones del fondo de inversión que sea, por ejemplo mercados emergentes que seguro que tendremos pérdidas, 1.000€
 
30 de noviembre de 2015: tengo unas pérdidas del 25%, puedo no hacer nada y esperar que se recupere, o aprovecharlas para reducir la factura fiscal, eso voy a hacer, de forma fácil, usando un fondo puente.
 
El 30 de noviembre traspaso las 10 participaciones a un fondo monetario B (le llamo B porque lo haré con uno que no vaya a usar en el futuro, para no pillarme las manos). El valor actual recuerdo que son 750€
 
Bien, el 1 de diciembre reintegro todas las participaciones del Monetario B, con unas pérdidas de 250€. 
 
En fondos de inversión, la antigüedad fiscal es la de la suscripción inicial, da igual que hayamos hecho muchos traspasos por el camino, por tanto fiscalmente he vendido algo comprado el 1 de enero.
 
El mismo 1 diciembre, vuelvo a comprar el fondo inicial por 750€, de modo que he conseguido materializar las pérdidas.

Aflorar Beneficios

A partir de aquí, los beneficios cada uno sabrá como prefiere generarlos. Vamos a comentar 2 opciones, pero habría muchas otras:
 
  • Buy&Hold: Para vender en beneficios, no tenemos ninguna limitación, por tanto es tan simple como vender y comprar, tendremos el beneficios  limpio de polvo y paja a nivel impositivo. Si usamos esta opción, nuestra cartera será la misma, pero habremos aprovechado para optimizarla fiscalmente.
  • Value/momentum: En mi caso uso esta opción, y es intentar hacer algo de timing con aquellas acciones que veo que están muy sobrecompradas, puede perderme futuras revalorizaciones, pero de momento no me ha ido mal. Hace unas semanas, antes de Draghi y FED lo hice con los REITS USA, y más recientemente lo he hecho con algunas participaciones como ACS, KO, JNJ o Unilever.
Lógicamente esto también puede aplicarse a los propios fondos, ETF, etc.
 
 
Espero que haya sido útil, y al final, cada cual debe usar aquello que mejor se adapte a su perfil para intentar optimizar la factura fiscal cumpliendo con la legalidad vigente en cada caso.
 
Buenos Beneficios.

22 Comentarios

  1. Es curioso el agujero "legal", ¿no? No permiten compensar minusvalías si recompras la acción en los siguientes dos meses pero sí plusvalías aunque la recompres también en esos dos meses…

    Había leído otra, que consistía en aflorarsistemáticamente las plusvalías de los fondos de una persona que no llegase al mínimo exento (porque no trabaja y su pareja o sus padres sí) a finales de diciembre y recomprar esos mismos fondos el 1 de enero, actualizando el precio de compra sin pagar por la plusvalía al no llegar al mínimo exento.

    No voy a entrar en estos envolaos este año, porque tengo un lío de titulares y brokers, sería un importe muy pequeño (tengo poco importe en fondos) y me complicaría la contabilidad del año que viene, pero es una muy buena opción que exploraré en el futuro.

    Un abrazo,
    Czd

  2. Hola Finanzasmanía,

    Muy esclarecedor! Gracias por las explicaciones.
    Este año bastante barullo tengo equilibrando la parte value con la de B&H, será para el siguiente, y aprovechando que el broker ha cambiado hace 3 semanas la valoración de inventario de "Precio Medio" a FIFO "First in firs out", que es la que cuenta a efectos fiscales. Eso debería facilitar un poco las cosas a partir de ahora.

    Salu2 Cordiales

  3. Hola Finanzasmanía, lo primero agradecerte este artículo tan detallado. Creo que me podría interesar para compensar las pérdidas que tengo este año en algunos de los fondos de inversión en Selfbank (Emergentes y Pacific ex Japan). Disculpa mi ignorancia: ¿en qué consiste un fondo monetario? ¿conoces alguno que esté disponible en Selfbank para hacer este "truco del almendruco"? 😉

    Y lo más importante, si solicitase los traspasos mañana mismo, me daría tiempo a realizar la venta del fondo monetario antes de las campanadas de Nochevieja?

    Gracias de nuevo

  4. Hola Ruindog

    Un fondo monetario es el que se usa de monedero, que invierte por definición en productos sin riesgo (para entendernos, plazos, cuentas remuneradas, rf a cortisimo plazo)

    El motivo de usarlo es que en ese dia de puente no tengamos posibles variaciones por cambios en el mercado

    A ojo (no soy cliente) una opción podría ser el Bankinter Ahorro Activos Euro FI ES0114821038, para saber si estas a tiempo dependerá de los días de liquidación de los fondos que tienes (emergentes y pacific) si es d+1, d+2, etc

    Un abrazo

  5. Hola Finanzasmania,

    tenías razón en lo de las acciones de más de 2 meses. Lo había visto hace tiempo y como solo tenía acciones norteamericanas me quedé con la idea de que eran las todas las extranjeras. Perdona la confusión.

    El truco que comenta CZD lo he realizado con la cartera de mi pareja que no trabaja y sin alcanzar en ganancias el mínimo exento. No lo hace mi hijo porque que con el desgravamos más como hijo que el por separado como inversor, pero todo se andará.

    Saludos.

  6. Dicho y hecho. Esto es como correr la San Silvestre de fin de año, a ver si llegamos a tiempo de vender el fondo monetario y recomprar los indexados. Parece una tontería pero a través de este resquicio legal/fiscal puedo ahorrarme unos euros. Te debo una muy grande

  7. Hola Roberto Carlos, nada que perdonar, yo tampoco lo tenía nada claro hasta que escribí el articulo, lo que comenta CZD sin duda es una opción a considerar, y combinable con el rescate de planes de pensiones si se tienen

    Un abrazo

  8. Esperemos que llegues a tiempo, si son fondos internacionales te irá justillo, porque muchos tienen liquidación d+3, pero creo que si te entrará

    Hay que aprovechar los últimos días para hacer las últimas gestiones fiscales, planes de pensiones, fondos,hipotecas,etc

    un abrazo

  9. Correcto, que uno de los miembros de la unidad familiar no trabaje debe aprovecharse para hacer todos estos "trucos". Los planes de pensiones, es uno de los pilares de mi estrategia de IF. Como bien dices, Si no trabajas, rescatarlos no tributa hasta un cierto nivel…

  10. Habría que matizar que en ese trasvase de fondos el fondo de origen variará de precio y puede ser que incluso nos beneficie mas o que nos perjudique. Los traspasos y reembolsos de fondos no son instantáneos y podemos estar incluso 3 o 4 dias desinvertidos.

  11. Matizar también que cuando se realiza el reembolso de un fondo no es igual que con las acciones y si que nos aplican ya la retención correspondiente en el momento del reembolso.

  12. Hola Crazybone,

    tienes toda la razón, por eso yo hago la jugada de aflorar plusvalías a final de año. De las ganancias me retienen el 19,5% que no puedo volver a invertir hasta que me devuelvan la declaración de 2.015. Si eres previsor como yo, y la tienes preparada, y además, la entregas en la primera semana (la declaración) a la semana siguiente normalmente ya tienes el dinero devuelto.

    Con esta operativa, recuperas el 100% de la retención cosa bastante improbable en cuatro o cinco meses si lo tuvieras invertido todo el tiempo ese dinero que tuvo hacienda.

    Saludos.

  13. Hola Paraiso Terrenal, sí, la regla de los 2 meses tambien aplica a fondos, uso un fondo B para no pillarme los dedos, para no vender uno que pueda usar en el futuro, al final, hay tanto, que no cuesta nada coger un monetario 1 día para esta operativa

    un abrazo

  14. Hola de nuevo. Ayer consulté el tema con un gestor fiscal y se mostró un poco reticente a realizar la operación. Hacienda podría interpretar que se trata de un intento de vulneración de la regla de los 2 meses y podría buscarnos las cosquillas. También reconoció que existen opciones de que pase totalmente desapercibido. ¿Es la primera vez que realizas esta operación? ¿Tienes constancia de que otra gente la haya llevado a cabo de forma exitosa? Gracias

  15. Hola, yo hace 2 años que lo hago, y es una práctica extendida entre los inversores de fondos en rankia

    Hacienda no ve nada, porque lo que te viene en la información fiscal es una venta de un fondo, al precio histórico, ellos no tienen ni idea de los traspasos que haya habido antes, que puede ser ninguno o decenas (por ejemplo si miras mi operativa de swing trading con fondos, cada día hago un traspaso, imagínate cuando venda la cantidad de movimientos históricos que puede haber….)

    Pero vamos, yo soy asesor fiscal

  16. Quería decir, que NO soy asesor fiscal, en todo caso, si no lo ves claro, mejor no lo hagas!

    Como siempre decimos, nunca hagas algo sólo porque lo recomiende otro, y en mi caso, ni lo recomiendo, sólo cuento lo que hago por si le sirve a alguien

    un abrazo

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